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Oficina de la Defensa Civil de la Víctima
Es una oficina del Ministerio Público encargada de representar a víctimas de delito para promover el cobro por daños y perjuicios que provocó el hecho criminal.
Información adicional
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Información del servicio
Es una oficina del Ministerio Público encargada de representar a víctimas de delito para procurar el cobro por daños y perjuicios que provocó el hecho criminal.
¿Quiénes pueden delegar la acción civil en el Ministerio Público para el cobro de daños y perjuicios causados por un delito?
Las víctimas directas del delito que no tienen medios económicos para contratar un abogado o una abogada, quienes por su parentesco con la víctima directa como el cónyugue, hijos o herederos han sido indirectamente perjudicados por el delito, damnificados, como propietarios de bienes o adquirientes de buena fe afectados por los hechos que se investigan.
Puede comunicarse a la oficina a los números de teléfono 2221-1303 0 2221-1421.
Defensa Civil de la Víctima del Delito-Ministerio Público.
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Escuche el audio e infórmese sobre qué es la Oficina de la Defensa Civil de la Víctima del Ministerio Público.
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Escuche el audio y conozca ¿Quiénes pueden delegar la acción civil en el Ministerio Público para el cobro de daños y perjuicios causados por un delito?.
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Escuche este audio y conozca ¿Cómo puedo solicitar una ayuda económica a la Oficina de la Defensa Civil de la Víctima del Ministerio Público?
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Escuche este audio y conozca en qué se utilizan los honorarios que ingresan a la Oficina de la Defensa Civil de la Víctima del Delito del Ministerio Público.